La modificación de medidas custodia compartida que ofrece una alternativa a favor de los hijos

Gracias a la modificación de medidas custodia compartida, los progenitores cuentan con un mecanismo legal que les permite solicitar cambios sobre las condiciones que se hayan establecido originalmente en la guarda y custodia, a pesar de que el nuevo escenario no se haya concretado todavía.

De acuerdo con el Código Civil Catalán, en su artículo 233.7, se establece que para poder aceptar la modificación del sistema de custodia que se haya elaborado luego de un proceso de divorcio o el fin de la pareja estable, hace falta un cambio en los escenarios que permitieron decretar las medidas iniciales.

Ahora bien, teniendo en cuenta que existe una salida para esos padres que desean modificar las condiciones, es fundamental contar con la ayuda de un abogado especialista que le oriente en este proceso y, sobre todo, para aprovechar esa oportunidad que da la ley 25/2010, que aún debe ser estudiada.

¿Cómo se establecen las nuevas condiciones?

Efectivamente, la ley deja claro que todos los criterios establecidos en relación a la atribución del domicilio familiar, pensión compensatoria, pensión de alimentos, entre otras, se pueden modificar posteriormente, siempre y cuando, se haya modificado algunas de las circunstancias que permitieron crear esas condiciones.

Sin embargo, en el Código Civil de Catalunya (en su Disposición Transitoria Tercera) está incluida la Revisión del régimen de Custodia, que es esa medida especial que abre las puertas a las situaciones transitorias a un cambio de las pautas que se adoptaron durante la ley anterior y están vigentes con la actual.

Imagine que uno de los progenitores sufrió un accidente y deba recibir indemnizaciones por lesiones Torrevieja. Probablemente, no podrá cumplir con precisión las condiciones del régimen de guarda y custodia. Con esta revisión se exime que el solicitante realice previamente el proceso de acreditación de las nuevas circunstancias y solo deberá justificar la decisión.

Aunque la respuesta de esta petición no es inmediata, al menos, abre un espacio flexible para los progenitores que necesiten hacer alguna modificación. El Juez deberá analizar los argumentos, con el fin de garantizar un sistema de guarda que realmente sea conveniente para el menor, a quien hay que cuidar en todo momento y su bienestar jamás debe alterarse por ninguna causa.

Otro aspecto importante es que la Revisión prevé la sustitución de la pensión compensatoria, por dinero o un capital en bienes; y el uso de la vivienda familiar por el abono de una prestación en dinero.

Afortunadamente, son alternativas que pueden ayudar a los padres que se encuentran bajo estas situaciones a mejorar algún parámetro establecido anteriormente. Con la ayuda de un profesional, es probable que logre satisfacer su necesidad.

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