Cómo tramitar la herencia en Madrid
El trámite de la herencia suele ser largo y complicado, la asistencia de un abogado es una ayuda esencial para facilitar todo el trámite. Para llevar a cabo la herencia madrid se deben dar el paso previo de localizar el testamento.
Para ello, debemos revisar entre la documentación personal de fallecido para tratar de localizar indicios de la notaría donde realizó el testamento o intentar localizar un testamento ológrafo, es decir un testamento escrito de su propio puño y letra. En caso de no encontrar nada o en paralelo debemos acudir a la oficina de atención al ciudadano más cercana al domicilio del fallecido, es esta procederemos a solicitar el certificado de últimas voluntades, que no es más que un informe oficial en el que se detalla si existe testamento oficial otorgado y en qué notaría se encuentra localizado. Aprovecharemos la visita para solicitar también el certificado de seguros de vida, es otro informe legal donde aparecerán todos los seguros que tienen póliza en vigor contratados por el fallecido y que recogen en sus cláusulas el fallecimiento. Gracias a este podremos acudir al seguro a solicitar el cobro de la indemnización correspondiente.
La aceptación de una herencia
Una vez localizado el testamento en la notaría, se procede a solicitar la apertura del mismo, para ello deberemos personarnos ante el notario con nuestros DNI, así como el DNI del fallecido y el certificado de defunción. El notario nos citará para realizar lectura de testamento y determinar quiénes son los herederos legítimos del fallecido así como los porcentajes de la herencia que a cada uno corresponde.
Pero una herencia se puede aceptar o rechazar, existen herencias que son una auténtica ruina, ya que de la misma forma que heredaremos los bienes también recaerán sobre nosotros las deudas del fallecido. Por lo que nos podemos encontrar con un serio apuro económico.
La aceptación herencia en Madrid siempre se hace por un todo, de la misma forma que la renuncia, no se puede aceptar una parte y rechazar otra.
Existen tres opciones en cuanto a aceptaciones de herencia:
- Aceptación pura, es decir es una aceptación simple, se acepta tal cual, bienes y deudas. A las deudas, si es necesario, deberemos hacer frente con nuestro patrimonio.
- Aceptación a beneficio de inventario, en este caso primero aceptamos, pero solicitamos un inventario de la herencia para determinar exactamente a que nos enfrentamos, la ventaja es que solo se hace frente a las deudas con los bienes de la herencia.
- Renuncia de la herencias o repudia a la herencia, son herencias muy desfavorables que solo van a traer problemas económicos y es mejor dejarlas pasar. En este caso al igual, que con la aceptación, se renuncia a todo, bienes y deudas.